El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino se ha reunido en Logroño con los miembros del Consejo Regulador de la DO Rioja, para abordar distintos aspectos normativos de especial interés para el sector vitivinícola.
El objetivo ha sido el de lograr un marco legal incuestionable que a su vez permita garantizar un nivel de control similar al actual y reforzar legalmente el sistema existente de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria. En este sentido distintos participantes han manifestado que lo importante no es ser o no ser autoridad competente, sino la eficacia del sistema.
Como no, después de la polémica creada tras la reunión mantenida por el MARM con las OPAS el pasado 23 de febrero, se ha abordado en este encuentro la obligatoriedad de los contratos en las operaciones de compraventa de uva o de vino. El Secretario General ha aclarado que, si bien no es posible establecer un contrato homologado obligatorio por extensión de norma, ni fijar precios mínimos, si es posible acordar en el seno de la interprofesional un contrato escrito obligatorio para los miembros de la interprofesional, sin establecer un modelo único y con precio libremente fijado por las partes en cada contrato.
Esta retorcida respuesta, viene a zanjar la polémica suscitada cuando UAGR y UPA (La Rioja), UAGA (Álava) y UAGN y Ehne (Navarra)- emitieron un comunicado en el que aseguran que el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural considera legal un contrato tipo que obligue a todos los inscritos y que regule todas las operaciones de uva y vino firmadas en la Denominación de Origen Calificada (DOC) Rioja, mientrás ARAG-Asaja, que también participo en el encuentro, aseguraba que en la reunión se dijo todo lo contrario. Versiones contradictorias.
El apoyo de Asaja y el rechazo del resto a los presupuestos evidencia la fractura de las organizaciones agrarias de Rioja.Es decir, la clave de la discusión reside en si el contrato tipo promovido y negociado por ARAG-Asaja, en este caso sí un único modelo pero no obligatorio, es mejor o peor que contratos no homologados y que obligarían a referenciar el kilo de uva o el litro de vino a un precio determinado.
Y todo este rollo demagógico, para decirnos que sí, que los viticultores y bodegas, al igual que el resto de los mortales, pueden realizar los contratos de compraventa que quieran y sobre los que deséen dejar constancia y reflejar en ellos cuantas claúsulas y indicaciones estimen oportunas. Sólo hace falta que quieran; y es que históricamente no se ha querido, y es que salen mucho mejor las cuentas jugando siempre con un as en la manga.
Como dice mi amigo gay, el que quiera entender que entienda.
DOCa Rioja. Los contratos escritos obligatorios son legales y posibles.
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